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Número 12. Julio 2015 > Presentación
PRESENTACIÓN
Recientemente Criminogenesis en una coedición con el Instituto Nacional de Ciencias Penales, publicó el libro Historia del Derecho Militar, con lo que consagro una trilogía de obras sobre la materia, al haber publicado previamente el libro denominado Jurisdicción Militar: Estudio Latinoamericano de los Modelos de Justicia, que fuera coordinado entre el Almirante Renato de Jesús Bermúdez Flores y el suscrito, la interesante obra miscelánea de la autoría del Jurista de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Genaro González Licea que aborda el tema de Fuero de Guerra, esta última obra bajo el sello editorial de Criminogenesis, en un momento en el que el Derecho Penal Militar se reestructura, tanto en lo sustantivo como en lo adjetivo de cara a las reformas constitucionales del 18 de junio de 2008 y del 10 de junio de 2011.
Es en este contexto que a propuesta del Almirante Renato de Jesús Bermúdez Flores se determino por el Consejo Editorial de la Revista elaborar el presente número monográfico relativo a Tópicos de Justicia Penal Militar del que me permito dar cuenta, un importante aporte lo da sin duda el propio Almirante Bermúdez con su artículo Delito Militar en donde explica su naturaleza jurídica, las razones de su existencia, construcción ontológica y muy particularmente el objeto de protección de los bienes jurídicos tutelados previstos en los tipos penales castrenses, lo que se agradece y aprecia por la comunidad jurídico penal militar en razón de que como sabemos el Código de Justicia Militar no define al delito militar y tampoco existen estudios dogmaticos al respecto de este tipo de delitos.
Por su parte, el distinguido jurista brasileño Getulio Correa quien además es el Presidente de la Asociación Internacional de Justicias Militares y de la Asociación de los Magistrados de las Justicias Militares Estatales, nos aporta el artículo Dreyfus, el mayor error judicial de la historia, en el que hace una cronología sucinta de los hechos en que liga lo histórico con lo jurídico, lo político con lo humano y lo ideológico con lo factico, con lo que presenta una de las versiones más claras y precisas que al respecto se han escrito, recordemos que en el número precedente el Magistrado Jorge Ponce Martínez, en la miscelánea de casos planteo bajo un abordaje procesal otro interesante análisis denominado el Caso Dreyfus y la prueba técnica deficiente de Bertillon, esto sin contar los importantes ensayos de la obra que sobre el caso se han escrito a nivel mundial.
De los temas que francamente carecen de estudios dogmaticos destacan los relativos a la parte general del Código de Justicia Militar, en el que son planteados por quien esto redacta el estado actual y los retos que presenta figuras como la reincidencia, la acumulación y las excluyentes de responsabilidad penal en el Código de Justicia Militar.
La investigadora Leticia García García icono de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, criminóloga critica de reconocido prestigio, apreciada en Criminogenesis por su singular estilo de plantear sus artículos, tal fue el caso de Las penas en la modernidad (Criminogenesis 0-2007), Tipos penales de época, una visión histórica (Criminogenesis 3-2008), El incesto en la historia: ¿pecado o delito? De lo canónico a lo jurídico (Criminogenesis 8-2011), y ahora en este número La pena de prisión y el sistema acusatorio en el Fuero Militar (Criminogenesis 12- 2015), muestran la congruencia ideológica y de propuesta critica a través de la cual pone al descubierto los retos de la política criminal frente a las condiciones históricas que se han presentado en los modelos de justicia contrastados con la humanización del derecho.
El nuevo derrotero de la justicia, y por supuesto la militar, no pueden quedar exentas dado que, es el estándar internacional vía instrumentos y protocolos para la regulación de ciertas prácticas jurídicas y técnicas lo que determina la correcta integración de investigaciones, es de este modo que se valora el estudio Estándares internacionales y protocolos utilizados en diligencias de excavación para la búsqueda de restes óseos humanos, cuando la utilización de estos protocolos se erige en un lineamiento de actuación de los Estados, es posible advertir que en el ejercicio de la justicia se está alcanzando un cambio o por lo menos se camina en esa ruta.
La Doctora Yolanda Martínez Martínez logra en su artículo El aparato militar-policial en el acontecer político criminal en México ligar tres conceptos que se complementan y se deben tecnificar a saber: la política criminal, la función de seguridad y los derechos humanos, no existe mejor descripción para su artículo que la que ella misma determina en su epígrafe en el que cita a Bertold Brecht en su pensamiento mundialmente reconocido "Se lo llevaron porque era estudiante, a mí no me importó porque no soy estudiante. Se lo llevaron porque era religioso, a mí no me importó porque no soy religioso, se lo llevaron porque era judío, a mí no me importó porque yo no era judío. Ahora me llevan a mí.. y ya es muy tarde".
La cadena de custodia, la preservación del lugar de los hechos y la profesionalización policial son piedra angular del nuevo sistema de justicia penal, será difícil comprender su eficiencia y eficaz funcionamiento sin el afinado trabajo que debe realizar la policía o primer respondiente como ahora se le llama, en este sentido es que se aprecia la coautoría de dos profesores investigadores del Instituto Nacional de Ciencias Penales, nuestros apreciados amigos Gerardo García Silva y Edward Charles Alexander, quienes presentan un trabajo metodológicamente excelente denominado La importancia de la cadena de custodia y la participación de las fuerzas armadas en labores de seguridad, el artículo es importante en un número especializado en temas penales militares, porque la política criminal utilizada en las últimas décadas ha involucrado en mayor o menor medida a las fuerzas armadas que como sabemos están facultadas para coadyuvar en tareas de seguridad con las instituciones del Estado.
La visión Institucional la da el Coronel y licenciado Jorge Nuño Jiménez respecto de la seguridad interior y exterior del Estado Mexicano, responsabilidad asignada a las Fuerzas Armadas hoy indiscutiblemente involucradas en temas de seguridad pública en donde hace un acertado llamado a legislar respecto de sus facultades y atribuciones que de facto ha venido ejerciendo el Ejercito lato sensu, con la concebida consecuencia de enfrentar el juicio de la sociedad civil y algunas veces la judicialización de casos en donde ante la falta de profesionalización en temas de seguridad pública distintos a su naturaleza tiene que enfrentar las connaturales responsabilidades penales.
Juan Ibarrola de tradición familiar periodística en temas de las Fuerzas Armadas, baste recordar el gran trabajo realizado por Don Juan y Javier Ibarrola respectivamente, el segundo es autor del interesante libro El ejército y el poder (2003); ha construido con meritos propios su prestigio, así lo demuestra el trabajo periodístico vinculado con temas de las Fuerzas Armadas que presenta periódicamente en su columna Cadena de mando publicada en el rotativo Milenio, por lo que en este número especializado, nos plantea el tema Las Fuerzas Armadas en la nueva seguridad nacional y su reto, con una visión objetiva e informada.
El binomio Fuerzas Armadas-Derechos Humanos es signo de los nuevos tiempos, sería difícilmente entender una institución sin la otra, en momentos en que el Derecho Operacional y de respeto a los derechos humanos forman parte de la agenda nacional, así lo establece el Plan Nacional de Desarrollo 2012-2018, por lo que se celebra un estudio analítico de fondo respecto del comportamiento institucional en estos derroteros por la distinguida jurista especialista en Derechos Humanos por la Universidad Nacional Autónoma de México Alma Delia Canseco Guzmán, quien enriquece este número con su investigación Las Fuerzas Armadas frente a los progresos de las recomendaciones de la CNDH de la que podrán abrevar dados los datos duros que proporciona, los investigadores y estudiosos de dichas instituciones, por ser un valioso material para orientar políticas públicas en el delicado tema de los derechos humanos en el quehacer nacional de las Fuerzas Armadas de indiscutible importancia y utilidad para el Estado mexicano.
Es un lujo contar con la investigación de una destacada defensora de los Derechos Humanos con acentuado perfil de perspectiva de género en el ámbito judicial, me refiero a la doctoranda Ydalia Pérez Fernández Ceja, quien nos obsequia su trabajo denominado Las mujeres en las Fuerzas Armadas y la perspectiva de género (comentarios de sentencias), en donde nos demuestra en primer término ¿Por qué son importantes las sentencias con perspectiva de género y derechos humanos en las mujeres? Para posteriormente centrarse en el análisis directo de sentencias de impacto internacional relativas a temas de vigencia universal como es el caso de VIH en Colombia o bien vinculados en ese mismo país con ilícitos de concubinato, adulterio y otros de corte sexual, de igual manera aborda resoluciones del Tribunal Europeo sobre tópicos más suaves, pero igualmente importantes y técnicos como el de las licencias parentales en el ejercito de Rusia, abonando a la igualdad pues en el caso concreto plantea el supuesto de un militar varón, sin dejar fuera el acoso sexual a la luz de sentencias en España, ni al caso México en un paradigmático asunto en que se decreto la inconstitucionalidad del artículo 57 del Código de Justicia Militar por violaciones al debido proceso en contra de una sargento segundo auxiliar educadora a quien se acuso de corrupción de menores que no tienen la capacidad de comprender el significado del hecho, para cerrar entre sus conclusiones con una definitoria que me permito transcribir: Los casos que se resuelven con perspectiva de género, fortalecen a instituciones como es el ejército, debido a que procura que más hombres y mujeres se desarrollen profesionalmente y sean más eficientes en el servicio público prestado.
Este número cierra con el artículo de un General experto en temas de armas, por cierto igualmente cercano al Instituto Nacional de Ciencias Penales, me refiero a Don Nelson Alejandro Ramírez Velázquez, quien nos ofrece un artículo de alta utilidad práctica y profundidad técnica que nos permite ilustrar el criterio de quienes por diversas razones deben entender de las armas de fuego y su clasificación, por lo que el documento Clasificación de armas de acuerdo a la ley federal de armas de fuego y explosivos, resume con suficiencia esta compleja tarea.
Finalmente celebramos que se sume al Consejo Editorial el ilustre jurista Sergio García Ramírez Presidente de la Academia Mexicana de Ciencias Penales y la Dra. Mariela Cardozo jurista militar argentina, así como el arribo de los colegas de la Academia Mexicana de Criminología Erick Gómez Tagle y Luis González Placencia.
Alejandro Carlos Espinosa
Director General
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